BOLETIN DE PRENSA – REF. LEY REGISTRO CIVIL / PRESS RELEASE – REF. CIVIL REGISTRATION LAW

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Carta entregada a los Asambleístas de la Comisión de Gobiernos Autónomos y Descentralizados – Ecuador

A PROPÓSITO DE LAS REFORMAS A LA LEY DEL REGISTRO CIVIL EN MATERIA DE IDENTIDAD DE GENERO

Quito, 11 de Marzo de 2013

Quienes desde la sociedad civil impulsamos las Reformas en Materia de Identidad de Género y la campaña “Mi Género en Mi Cédula” expresamos que:

1) Consideramos fundamental que  la Ley de Registro Civil se armonice con la Constitución, la cual ya reconoció la identidad de género en el artículo 11 numero 2.  Mientras que la Constitución incluye como factor no susceptible de discriminación a esa faceta fundamental de la identidad personal que es la feminidad o la masculinidad que cada persona ha encarnado en el marco del libre desarrollo de su personalidad, la Ley de Registro Civil, que data de los años 70, sólo reconoce la dimensión biológica del sexo. Es necesario que la ley supere ese anclaje en la estricta biología y haga caso de la protección constitucional de la identidad de género.

2) No negamos la realidad cromosómica del sexo; la cual, por cierto, tampoco es simple y binaria, como lo corrobora ese un 1% de la población que es intersexual.  Pero así como no negamos el sexo, pedimos al Estado que no niegue la realidad pública y notoria del género de cada persona. En la vida civil, es la realidad del género la que predomina sobre la del sexo, porque  el género se expresa visiblemente. El rostro de cada persona, la forma externa de su cuerpo, los gestos, la voz y la vestimenta, son signos del género que la persona ha encarnado. Por contrapartida, el sexo es un dato que sólo compete a cada individuo en el ámbito de su más íntima corporalidad. Proponemos que la ley reconozca ambas realidades, pero que las registre en distintos documentos: el sexo, íntimo, a ser registrado en  la partida de nacimiento de las personas, y el género, manifiesto, a ser registrado en la cédula de ciudadanía.

3) No negamos que existen instituciones civiles que, hasta la actualidad, requieren la comparecencia de personas de distinto sexo, como el matrimonio, o la adopción conjunta. Aunque estas disposiciones normativas son, a nuestro juicio, discriminantes e incompatibles con el principio de igualdad ante la ley, las reformas a la Ley de Registro Civil que se están discutiendo actualmente no las afectan. Para cambiar el requisito de heterosexualidad del matrimonio, hará falta una reforma constitucional.

4) Respecto del cambio de nombre, éste no es una novedad que estemos impulsando en esta reforma. En el Ecuador, cambiar de nombre es posible vía un sencillo trámite administrativo, jurídicamente fundamentado en el derecho a escoger libremente los nombres y apellidos que nuestra Constitución consagra. Entonces, ¿puede una persona llamada “José” casarse con otra llamada “Hugo”? Por supuesto que sí, porque aunque José y Hugo tengan ambos nombres masculinos y géneros masculinos, ante la ley tienen sexos femenino y masculino respectivamente. Sucedió en Diciembre de 2010 (el matrimonio entre Hugo Vera y Joseph Hateley fue un hecho público que varios medios de comunicación registraron) y no hace falta una reforma a la ley para que siga sucediendo.

5) En cuanto a la posibilidad de cambiar de sexo legal en la partida de nacimiento, la misma tampoco es una novedad de la reforma que estamos proponiendo. Consta en la ley vigente y se ha puesto en práctica por décadas. Lo que sí planteamos es que el reconocimiento del cambio de sexo se simplifique porque, en la actualidad,  el mismo consiste en un procedimiento largo e innecesariamente judicial, que continúa violando la intimidad de las personas a través de peritajes médicos destinados a «comprobar» la feminidad/ masculinidad de sus cuerpos. Estos peritajes están desaconsejados por estándares internacionales en materia de sexualidad y derechos humanos y son incompatibles con la Constitución del Ecuador.

6) Sin embargo, no porque el procedimiento de cambio de sexo se desjudicialice, significa esto que personas que han conformado parejas del mismo sexo, acudirán masivamente al Registro Civil a cambiar su sexo, para “poderse casar” o para “poder adoptar”. No lo harán, porque esas personas son homosexuales; no trans. Nos sorprende el grado de frivolidad con que algunos piensan que existen ciudadanos desesperados por cambiar de sexo para, supuestamente, acceder a una serie de «beneficios» o para cometer actos fraudulentos. A quienes lo afirman, les invitamos a hacer el experimento, sólo por un día, de vivir con una cédula que no reconozca su género, como lo viven las personas trans todos los días. Y con esa cédula que no les representa, les invitamos a que acudan a una entrevista de trabajo, intenten alquilar una vivienda, o vivan la experiencia de inscribirse en una institución educativa o acceder a un servicio de salud.

7) La discordancia institucionalizada entre la propia identidad y el documento que debería registrarla, además de obstaculizar el acceso a derechos básicos, genera inseguridad jurídica. Las personas trans enfrentan obstáculos a la hora de realizar trámites tan sencillos para el resto de la ciudadanía como abrir una cuenta bancaria o suscribir un contrato, precisamente porque portan cédulas que contradicen la expresión pública de su identidad, lo cual genera desconfianza sobre la fidelidad del documento.

8) Los dispositivos legales para la identificación fidedigna de las y los ciudadanos existen y se perfeccionan cada vez más, pues es responsabilidad del Estado que así sea (dispositivos de seguridad en las cédulas, procesos de desmaterialización y perfeccionamiento de sistemas informáticos, entre otros). No porque alguien cambie de nombre o de género en la cédula, o incluso de sexo en la partida de nacimiento, significa esto que cambia la identidad del titular de la cédula, ni sus relaciones de filiación, ni la responsabilidad jurídica derivada de tales hechos, ni la derivada de sus actos y contratos.

9) Es particularmente dolorosa la referencia que la organización “Somos 14Millones” ha hecho de las personas privadas de libertad para fundamentar su objeción a la reforma que se está discutiendo: “Juan ahora va a ser Rosa y va a pedir ir a la cárcel de mujeres”. Probablemente es una referencia surgida de la ignorancia respecto de la situación de violación de derechos humanos que sufren las personas trans en las penitenciarías del país. Invitamos al movimiento de los católicos laicos a que visiten a «Rosa» o a cualquier transfemenina recluida en las cárceles de varones en el Ecuador, y constaten las violaciones permanentes a la integridad corporal y sexual que sufren las personas trans privadas de libertad. La problemática de la segregación carcelaria de sexos es un pendiente que va más allá de las reformas a la Ley de Registro Civil que se están discutiendo actualmente: requiere del desarrollo de una serie de políticas penitenciarias que tomen en cuenta los diversos grados de modificación corporal de las personas.

Confiamos en que las y los señores asambleístas pongan fin al sistema de cedulación actual que, en franca contraposición con la Constitución del Ecuador, desconoce la identidad de género de algunas y algunos ciudadanos. Confiamos en que la sociedad ecuatoriana comprenda la importancia de esta reforma.

Si es MI Cédula, tiene que ser MI Género.

Mi Género en Mi Cédula… ¡A una Letra de Ejercer Ciudadanía!

 Atentamente,

Diane Rodríguez

Vocera Nacional

Geovanni Jaramillo

Vocero Nacional

Elizabeth Vásquez

Asesora de la Plataforma

Proyecto Transgénero 

Asociación Silueta X

CONFETRANS

Fundación Yerbabuena

Construyendo Igualdad

Para mayor información por favor contactarse con Diane Rodriguez: 0999659426; Geovanni Jaramillo: 0992787324 ; Elizabeth Vásquez: 0995036035 ; o al mail a través del cual ha recibido esta comunicación.

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Assemblymen letter delivered to the Committee on Autonomous and Decentralized Governments – Ecuador

A PURPOSE OF AMENDMENTS TO THE LAW ON CIVIL REGISTRY Gender Identity

Quito, March 11, 2013.

Those from civil society urge reforms in Gender Identity and the campaign «My Gender, My ID Card» express that:

1) We consider it essential that the Civil Registration Act is harmonized with the Constitution, which recognized and gender identity in Article 11 number 2. While the Constitution contains no factor capable of discrimination to that fundamental facet of personal identity that is femininity or masculinity that each person has embodied under the free development of his personality, the Civil Registration Act, which dates from the 70, only recognizes the biological dimension of sex. It is necessary that the law exceeds the strict anchor in biology and ignore the constitutional protection of gender identity.

2) We do not deny the reality of sex chromosome, which, incidentally, is not simple, binary, as corroborated by the 1% of the population is intersexed. But just as we do not deny sex, asked the state not to deny the reality of open and notorious gender of each person. In civilian life, is the reality of the prevailing gender on sex, because gender is expressed visibly. The face of each person, the external shape of your body, gestures, voice and clothing, are signs of the genre that has embodied person. By contrast, sex is a fact that only the responsibility of each individual in the field of their most intimate corporeality. We propose that the law recognizes two realities, but that record in different documents: sex, intimate, to be recorded on the birth certificate of the people, and gender, manifesto, to be recorded in the certificate of citizenship.

3) We do not deny that there are civilian institutions, to date, require the attendance of persons of the opposite sex, such as marriage, or adoption together. Although these regulatory provisions are, in our view, discriminating and incompatible with the principle of equality before the law, the amendments to the Civil Registration Act currently being discussed do not affect them. To change the heterosexuality of marriage requirement, will require a constitutional amendment.

4) Regarding the name change, this is not something new that we are promoting in this reform. In Ecuador, renaming is possible via a simple procedural step, legally grounded in the right to choose freely the names to our Constitution enshrines. So can a person named «Joseph» to marry another called «Hugo»? Absolutely, because although both Joseph and Hugo have male names and male gender, before the law are females, males, respectively. It happened in December 2010 (the marriage of Joseph Hateley and Hugo Vera was released to several media outlets reported) and does not require an amendment to the law to keep it going.

5) As to the possibility of legal sex change in the birth certificate, it is not a novelty of the reform we’re proposing. It appears in the current law and has been implemented for decades. What I propose is that recognition of sex change is simplified because, at present, it is a legal procedure and unnecessarily long, which continues to violate the privacy of individuals through medical evaluations intended to «prove» the femininity / masculinity of their bodies. These surveys are deprecated by international standards of human rights and sexuality and is incompatible with the Constitution of Ecuador.

6) However, because the procedure is desjudicialice sex change, does this mean that people who have made same-sex couples, they go massively to the registry office to change her sex, so «could get married» or «to take». They will not, because those people are gay, not trans. We are surprised by the degree of levity with which some people think they are desperate to change sex, supposedly to access a series of «benefits» or to commit fraudulent acts. To those who say, we invite you to do the experiment, just for one day, to live with a schedule that does not recognize their gender, as trans people live every day. And with that card that represents them, we invite you to attend a job interview, try to rent a home or live experience enroll in a school or access health service.

7) The institutionalized discordance between identity and the document should register, and hinder access to basic rights, legal uncertainty. Trans people face obstacles in performing such simple procedures for the rest of the citizenry as opening a bank account, or sign a contract, precisely because they carry cards that contradict the public expression of their identity, which generates mistrust loyalty document.

8) The legal provisions for reliable identification of the citizens there and refined increasingly, it is the responsibility of the State so be it (safety devices on the ballot papers, dematerialization processes and improvement of computer systems, etc.) . Not because someone change of name or gender identity card, or even sex on the birth certificate, this means changing the identity of the certificate holder, nor its relations affiliation or legal liability arising from such facts, or the derivative of its acts and contracts.

9) The reference is particularly painful that the organization «We 14Millones» made of persons deprived of liberty in support of its objection to the reform being discussed: «John is now going to be pink and will ask to go to jail women «. Probably a reference arising from ignorance about the situation of human rights violation suffered by trans people in the country’s prisons. We invite the movement of lay Catholics to visit «Pink» or any transfemenina imprisoned in male prisons in Ecuador, and constaten permanent violations to bodily integrity and sexual trans people suffering prisoners. The problem of prison segregation of sexes is a slope that goes beyond the reforms to the Civil Registration Act currently being discussed: requires the development of a series of prison policies that take into account the different degrees of body modification individuals.

We hope that the Assembly and Messrs. end the current system of issuing identity cards, in sharp contrast to the Constitution of Ecuador, unknown gender identity of some and some citizens. Confident that Ecuadorian society understand the importance of this reform.

If my identity card has to be my gender.
My Style in My Schedule … to a letter from Citizenship Exercise!

Sincerely,

Diane Rodriguez
National Spokesperson

Geovanni Jaramillo
National Spokesman

Elizabeth Vasquez
Advisory Platform

Proyecto Transgénero

Silueta X Association

CONFETRANS

Yerbabuena Foundation

Building Equality

For more information please contact Diane Rodriguez: 0999659426; Geovanni Jaramillo: 0992787324; Elizabeth Vasquez: 0995036035, or mail through which you received this communication.

Anexo: CartaAbiertaLeyRegistroCivil – Boletín de Prensa 11-03-2013

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