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fuente: http://www.vistazo.com/webpages/pais/?id=10751
Juzgado de lo Civil impide cambio de género.
El solicitante apelará la sentencia pues considera vulnerado sus derechos. Este caso reabre el debate sobre el tema.
Según reportó Televistazo, Ricardo Rivadeneira, juez primero de lo Civil de Guayas negó la solicitud de Diane Rodríguez, un transexual guayaquileño, para cambiar su género de masculino a femenino en su cédula de identidad.
Pese a que el juez no dio mayores explicaciones sobre el caso, Rodríguez asegura que el fallo carece de argumentos válidos.
«El juez ha citado varios versículos de la Biblia y cualquier abogado puede dar fe de que eso, en materia legal, no tiene nada que en lo absoluto porque es parte de la subjetividad de cada quien… Creencias, dogmas y ese tipo de cosas no entran en materia legal», reclamó.
Según el analista César Coronel, la solicitud de Rodríguez debería ser aceptada, de acuerdo a la actual legislación ecuatoriana. No obstante, indica que existen aspectos por los cuales no debería ser aceptado el cambio de género.
Por ejemplo, sostiene que alguien que cambió su identidad sexual de masculino a femenino podría junto con otro hombre adoptar a un menor pues legalmente ya no serían del mismo sexo, a pesar de que biológicamente sí.
Rodríguez apeló la sentencia del juez de lo Civil y espera que su decisión sea revertida en otras instancias jurídicas pues «ahí no está interpuesta la Ley de la Constitución de la República sino la ley de la subjetividad de una persona».
Por ello, Coronel considera que la actual Constitución atenta contra los sentimientos morales, éticos y religiosos de los ecuatorianos.
En octubre del 2009, el Juzgado Tercero de lo Penal de Pichincha concedió un amparo para que un hombre pueda tramitar un cambio de género en el Registro Civil.
El caso abrió un amplio debate sobre el tema porque no se pedía requisitos como un diagnóstico de disforia de género -conocido en Psiquiatría como trastorno de identidad sexual-, sino que se basaba únicamente en el artículo 66, numeral 5 de la Constitución, el cual reconoce y garantiza a las personas «el derecho al libre desarrollo de la personalidad, sin más limitaciones que los derechos de los demás».
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Source: http://www.vistazo.com/webpages/pais/?id=10751
Civil Court prevents gender change.
As reported Televistazo, Ricardo Rivadeneira, First Civil Judge of Guayas denied the request of Diane Rodriguez, a transsexual Guayaquil, to change their gender from male to female on her identity card.
Although the judge did not elaborate on the case, Rodriguez says the ruling has no arguments.
«The judge has cited several verses of the Bible and any lawyer can attest that, in legal matters, it has nothing to at all because it is part of the subjectivity of each person … Beliefs, dogmas and that kind of things do not come into legal matters, «he complained.
For example, claims that someone who changed their sexual identity from male to female may along with another man adopt a child because they would not be legally same sex even though biologically itself.
Rodriguez appealed the judge’s ruling on Civil and hopes his decision will be reversed on judicial bodies because «there is no law filed the Constitution but the law of the subjectivity of a person.»
So Colonel believes that the current constitution undermines the moral sentiments, ethical and religious of Ecuadorians.
The case opened a wide debate on the issue because they do not qualify as a diagnosis called gender dysphoria-known in psychiatry as a sexual identity disorder, but was based solely on Article 66, paragraph 5 of the Constitution, which recognizes and guarantees people «the right to free development of personality, no limitations to the rights of others».

