TRANSFEMICIDIO POR ARMA DE FUEGO EN QUEVEDO

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BOLETÍN DE PRENSA Nº 2026-013   |   Quevedo, Los Ríos, 26 de mayo de 2026

🔴 TRANSFEMICIDIO POR ARMA DE FUEGO EN QUEVEDO Mujer trans es víctima colateral de ataque armado en sector Ruta del Río — ningún detenido

El Observatorio Runa Sipiy de la Asociación Silueta X documenta el caso SX-2026-013 correspondiente a la muerte violenta de una mujer transgénero ocurrida el 20 de mayo de 2026 en el cantón Quevedo, provincia de Los Ríos.

I. FICHA TÉCNICA — CASO SX-2026-013
Código Runa SipiySX-2026-013
Nombre públicoD.V.I. (censurado — protección de datos)
Edad34 años
Identidad de géneroMujer transgénero
NacionalidadEcuatoriana
OcupaciónTrabajadora en local comercial — sector Ruta del Río
Fecha del hechoMiércoles 20 de mayo de 2026, horas de la tarde
Lugar exactoSector Ruta del Río (Coco Fresh), parroquia San Camilo, cantón Quevedo, provincia de Los Ríos
Causa de muerteHeridas de proyectil de arma de fuego — múltiples impactos
Arma utilizadaArma de fuego (pistola/revólver — tipo no determinado)
Estado judicial⚠️  En investigación — SIN DETENIDOS al cierre de este boletín
Perfil criminológicoPERFIL A — Violencia organizada
II. DESCRIPCIÓN DE HECHOS

El miércoles 20 de mayo de 2026, en horas de la tarde, sujetos armados llegaron a bordo de un vehículo blanco al sector comercial denominado Ruta del Río — Coco Fresh, en la parroquia San Camilo del cantón Quevedo, provincia de Los Ríos, y dispararon indiscriminadamente contra personas presentes en la zona.

D.V.I., de 34 años, mujer transgénero, se encontraba trabajando en un local comercial del sector al momento del ataque. De acuerdo con testimonios de personas cercanas, al producirse los disparos intentó auxiliar a una persona amiga que resultó alcanzada, momento en que recibió múltiples impactos de proyectil.

Fue trasladada de emergencia al Hospital Sagrado Corazón de Jesús de Quevedo, donde recibió atención quirúrgica de urgencia. Su fallecimiento fue confirmado horas después, debido a la gravedad de las heridas recibidas.

La investigación preliminar señala que D.V.I. habría sido una víctima colateral del ataque, cuyo objetivo principal habría sido otra persona presente en el lugar. La Policía Nacional confirmó que D.V.I. no registraba antecedentes penales.

Hasta el cierre de este boletín, no se reportaban personas detenidas por el hecho. Personal policial y agentes de Criminalística realizaron el levantamiento de indicios balísticos en la escena.

III. ANÁLISIS CRIMINOLÓGICO Y PSICOJURÍDICO

El Observatorio Runa Sipiy clasifica este caso bajo el Perfil A — Violencia Organizada, en función de los siguientes indicadores:

  • Llegada de agresores en vehículo (modus operandi de ejecución coordinada)
  • Disparos múltiples en zona concurrida (desinhibición ante consecuencias legales)
  • Fuga inmediata sin confrontación posterior (planificación previa)
  • Ausencia de antecedentes penales en la víctima (ataque no vinculado a su persona)

VULNERABILIDAD ESTRUCTURAL DE LA VÍCTIMA TRANS

El presente caso ilustra un patrón sistemáticamente documentado por el Observatorio Runa Sipiy desde 2013: las mujeres trans que desarrollan actividades laborales en zonas de alta conflictividad presentan una exposición diferenciada al riesgo de muerte violenta, incluso cuando no constituyen el objetivo primario de los ataques.

Este fenómeno responde a la intersección de múltiples factores de vulnerabilidad: exclusión del mercado laboral formal, concentración en economías informales en sectores geográficos de alta inseguridad, y ausencia de mecanismos estatales de protección diferenciada para esta población. El resultado es una sobreexposición estructural al riesgo que no puede ser atribuida a conductas individuales, sino a una falla sistemática de protección estatal.

La provincia de Los Ríos registra, según datos de prensa local, 337 asesinatos en lo que va del año 2026, constituyéndose en uno de los territorios de mayor índice de violencia letal del país, con especial impacto en poblaciones en situación de vulnerabilidad.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

TIPIFICACIÓN PENAL APLICABLE

Conforme al artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), los hechos descritos califican como homicidio. El Observatorio Runa Sipiy, en articulación con el Estudio Jurídico Rodríguez & Elías y el Consultorio Jurídico X, señala que la investigación debe contemplar:

  • La aplicación del agravante por identidad de género, conforme al Art. 30, numeral 11 del COIP, cuando se acredite que la condición de género contribuyó directa o indirectamente a la situación de vulnerabilidad que derivó en el fallecimiento.
  • La tipificación del contexto como transfemicidio, en tanto la víctima es una mujer trans cuya muerte se produce en un entorno de violencia estructural vinculada a su identidad de género y sus condiciones laborales.
  • La investigación de la cadena de responsabilidad penal, incluyendo a quienes ordenaron el ataque y a quienes lo ejecutaron, conforme al Art. 42 del COIP (coautoría y complicidad).

ESTÁNDARES INTERAMERICANOS

El Observatorio Runa Sipiy exige que la investigación se realice bajo los estándares de debida diligencia reforzada establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Azul Rojas Marín y otra vs. Perú (2020), que establece obligaciones específicas de los Estados para investigar con perspectiva de género e identidad en casos de violencia contra personas trans.

V. DECLARACIÓN INSTITUCIONAL

La Asociación Silueta X, a través del Observatorio Runa Sipiy — único sistema comunitario nacional de monitoreo de muertes violentas de personas LGBT+ en Ecuador, activo e ininterrumpido desde 2013 — expresa su profunda consternación ante este nuevo caso de muerte violenta de una mujer transgénero en el territorio ecuatoriano.

EXIGIMOS A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO:

  • Apertura inmediata de investigación formal con asignación de fiscal responsable y equipo de Criminalística.
  • Activación de línea investigativa que contemple la identidad de género de la víctima como factor de análisis.
  • Informe de avances investigativos en un plazo máximo de 30 días calendario.
  • Coordinación con la Unidad Especializada en Violencia de Género para el abordaje del caso.

EXIGIMOS AL MINISTERIO DEL INTERIOR Y LA POLICÍA NACIONAL:

  • Registro desagregado de víctimas de violencia letal por identidad de género y orientación sexual.
  • Implementación de protocolos diferenciados de atención e investigación en casos de muerte violenta de personas trans.
  • Informe sobre medidas de seguridad en el corredor Quevedo-Los Ríos ante el alarmante índice de violencia registrado en 2026.

EXIGIMOS AL ESTADO ECUATORIANO:

  • Reconocimiento del transfemicidio como categoría autónoma dentro del sistema de registro de muertes violentas.
  • Diseño e implementación de políticas públicas de protección diferenciada para mujeres trans en zonas de alta conflictividad.

ECUADOR NO ES UN PAÍS SEGURO PARA VIVIR CON PAZ Y DIGNIDAD.

La violencia sistemática contra personas LGBT+, mujeres trans, personas que viven con VIH y personas migrantes configura un patrón documentado, sostenido y sin respuesta estatal efectiva. Los índices de impunidad registrados por el Observatorio Runa Sipiy desde 2013 demuestran que el Estado ecuatoriano ha fallado reiteradamente en su obligación de garantizar el derecho a la vida y a la seguridad de estas poblaciones. En este contexto, la Asociación Silueta X advierte con firmeza que Ecuador no constituye un destino seguro para personas asiladas, refugiadas o en búsqueda de protección internacional, y que los acuerdos de terceros países que contemplen el envío de personas a territorio ecuatoriano —sean nacionales retornados por orden judicial o extranjeros remitidos bajo marcos bilaterales como los suscritos entre Ecuador y Estados Unidos— representan un riesgo grave, real y documentable para la integridad y la vida de quienes pertenecen a estos grupos en situación de vulnerabilidad. La Asociación Silueta X emite cartas, certificaciones e informes técnicos de país de origen para sustentar procesos migratorios, solicitudes de asilo, recursos de amparo y cualquier gestión jurídica orientada a impedir devoluciones forzadas o traslados hacia Ecuador. Las personas, colectivos, abogados y operadores jurídicos que requieran este tipo de documentación institucional pueden escribir a info@siluetax.org con copia a siluetax@gmail.com.

ASOCIACIÓN SILUETA X Observatorio Runa Sipiy — Sistema Nacional de Monitoreo de Violencia Letal LGBT+ (desde 2013) En articulación con: Plataforma Nacional Revolución Trans – CoaliTrans | Federación Ecuatoriana de Organizaciones LGBT+ | Alianza Nacional para el Monitoreo de Femi(ni)cidios Contacto de prensa: siluetax@gmail.com  |  Guayaquil – Quito, Ecuador

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