La tesis histórica de esta página
El matrimonio igualitario de 2019 fue una conquista colectiva construida por múltiples rutas, personas y organizaciones. Esta página documenta con especial profundidad una de esas rutas: hacer operativa la unión de hecho del artículo 68, convertirla en un registro administrativo accesible, llevarla a la cédula, consolidarla después como estado civil y normalizar públicamente la existencia jurídica de parejas del mismo sexo y parejas trans.
Decir que ese proceso fue un cimiento verificable del camino hacia la igualdad matrimonial es históricamente defendible. Afirmar que una sola campaña “creó” por sí misma el matrimonio igualitario borraría otras luchas y no sería riguroso.
El derecho estaba escrito, pero no funcionaba igual para todas las parejas
2008–2013: convertir una promesa constitucional en un problema público
2008 · Constitución
El artículo 68 dijo “dos personas”
La Constitución reconoció que una unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial podía generar los mismos derechos y obligaciones de las familias constituidas mediante matrimonio, con la excepción constitucional relativa a adopción. El texto abrió una puerta jurídica para las parejas del mismo sexo, pero la existencia de la norma no garantizó por sí sola un registro administrativo sencillo y uniforme.
2010–2012 · El precedente judicial
D.A.M y M.B.G.S llevaron la negativa del Registro Civil a los tribunales
En 2010, D.A.M y M.B.G.S intentaron registrar su unión de hecho. La petición fue negada. Ese mismo periodo el Registro Civil expidió la Resolución 0277, que impedía ingresar la unión de hecho al archivo magnético y a las cédulas como estado civil.
En 2012, la Tercera Sala de Garantías Penales de Pichincha aceptó su acción y ordenó el registro. Años después, en la Sentencia 603-12-JP/19, la Corte Constitucional ratificó que negar el registro a parejas del mismo sexo es discriminatorio. Este antecedente pertenece a sus accionantes y debe ser reconocido como tal. Silueta X lo documentó y posteriormente lo incorporó a su investigación e incidencia.
2013 · Investigación de Silueta X
Solo 5 de 42 notarías de Guayaquil aparecían como accesibles sin obstáculos para parejas del mismo sexo
El Informe del Acceso a la Justicia y los Derechos Humanos de los TILGB de Asociación Silueta X recogió tanto el precedente judicial como una investigación sobre notarías de Guayaquil. La campaña reportó que apenas cinco de 42 realizaban uniones de hecho de parejas del mismo sexo sin dificultades.
El problema dejó de ser abstracto: no bastaba con tener un derecho constitucional si una pareja podía encontrar puertas cerradas al intentar ejercerlo.
13 de diciembre de 2013 · diálogo con el Ejecutivo
Cuando la brecha administrativa llegó a la mesa presidencial
El archivo de Silueta X documenta que el 13 de diciembre de 2013 representantes GLBTI mantuvieron una reunión con el entonces presidente Rafael Correa. Entre los temas llevados al Ejecutivo estuvieron las barreras del Registro Civil, las uniones de hecho y la agenda de identidad de género.
¿Debe nombrarse a Rafael Correa?
Sí, por rigor histórico. Fue el presidente en ejercicio durante las reuniones de 2013 y 2014 y anunció públicamente que las parejas del mismo sexo tenían derecho constitucional a registrar sus uniones. Nombrarlo no significa respaldar su proyecto político. También es históricamente correcto recordar que, en ese momento, Correa expresó oposición al matrimonio entre personas del mismo sexo. El avance de 2014 fue sobre unión de hecho, no matrimonio igualitario.
18–23 de agosto de 2014 · una semana decisiva
Del diálogo a una resolución que cambió el registro administrativo
Documento central
Resolución 0174: la pieza administrativa que rompió el bloqueo de 2010
El Registro Oficial Nº 374, publicado en noviembre de 2014, incluyó formalmente la Resolución 0174-DIGERCIC-DNAJ-2014 que derogó la Resolución 0277 de 2010.
Una precisión jurídica que la memoria necesita conservar
En el discurso activista y en varios titulares de prensa de 2014 se habló de “estado civil”. Sin embargo, la Resolución 0174 funcionó inicialmente mediante un registro especial y como dato complementario del estado civil. Precisamente por esa fragilidad, la campaña pidió después reformar el Código Civil.
En 2015 llegó la consolidación legal: la Ley Reformatoria al Código Civil convirtió expresamente la unión de hecho en un estado civil. Esta secuencia —resolución administrativa primero, reforma legislativa después— es una parte fundamental del logro.
2 de septiembre de 2014 · nace la campaña nacional
“Mi unión de hecho en mi cédula es mi derecho”
La campaña Unión Civil Igualitaria fue lanzada simultáneamente en Quito, Guayaquil, Cuenca y Machala. El archivo histórico la presenta como una iniciativa de Asociación Silueta X y el Observatorio GLBTI del Ecuador, acompañada por aproximadamente quince organizaciones LGBTI y aliadas.
Autoría y liderazgo documentados
Una coalición, liderada por la Asociación Silueta X
El archivo de la propia campaña identifica a Diane Rodríguez por Asociación Silueta X entre sus directores y atribuye la iniciativa a Silueta X y al Observatorio GLBTI del Ecuador. Otra página histórica acredita a Isaías/Carlos Álvarez del Observatorio como parte de la idea original.
La forma más rigurosa de preservar el mérito es reconocer la red completa: Silueta X tuvo un papel central de dirección, investigación, interlocución estatal, comunicación y movilización, dentro de una coalición que hizo posible llevar la campaña a varias ciudades.
Una campaña en cuatro ciudades
No bastaba con cambiar una resolución: había que hacer que la gente supiera que podía usarla
15 de septiembre de 2014 · el derecho se volvió visible
De la resolución al mostrador del Registro Civil
El 15 de septiembre comenzaron las inscripciones. El acto tuvo fuerza jurídica, pero también una dimensión cultural: parejas trans, lesbianas, gays y heterosexuales pasaron por las mismas oficinas y obligaron al sistema a traducir el derecho constitucional en documentos cotidianos.
Diane Rodríguez + Nicolás Guamanquispe
Una pareja trans convertida en símbolo público de un derecho nuevo en la práctica
El Telégrafo registró a Diane y Nicolás como la primera pareja en realizar el trámite en Guayaquil. Ecuavisa informó que, por primera vez en Ecuador, parejas trans y gays pudieron inscribir sus uniones en sus documentos. Washington Blade los describió posteriormente como la primera pareja LGBT del Ecuador en registrar legalmente su relación.
Que la relación haya terminado años después no altera el significado jurídico del acto. Los derechos civiles no dependen de que una relación dure para siempre. El precedente administrativo ocurrió, quedó documentado y produjo efectos más allá de la vida privada de quienes lo protagonizaron.
Una discusión que invisibilizaba la identidad trans
“Pero ustedes podían casarse”: por qué esa objeción no resuelve la historia
En aquella época algunas lecturas reducían la relación de Diane y Nicolás al sexo registral que figuraba en sus documentos y concluían que, jurídicamente, podían aparecer dentro del esquema hombre–mujer del matrimonio. Ese argumento ignora precisamente el problema político que las personas trans enfrentaban: el Estado podía clasificar una relación de una forma que no reconocía plenamente las identidades de quienes la integraban.
Identidad
No somos la letra antigua de una cédula
Una pareja trans no deja de ser trans porque una base de datos estatal todavía utilice una categoría que no refleja adecuadamente la identidad de género de uno o ambos integrantes.
Estrategia de derechos
Ejercer la unión de hecho también fue una decisión política
La campaña buscaba abrir y probar un mecanismo al que pudieran acceder parejas del mismo sexo y parejas diversas. Hacerlo públicamente ayudó a mostrar que el artículo 68 debía aplicarse a personas reales y no permanecer como una fórmula constitucional.
La noticia cruzó fronteras
Una reforma administrativa ecuatoriana se convirtió en noticia internacional
La visibilidad de las primeras parejas —y especialmente de Diane Rodríguez y Nicolás Guamanquispe como pareja trans— llevó la historia a medios en español, inglés, portugués, francés y alemán.
Dos rutas que coexistieron
Unión de hecho y matrimonio igualitario no fueron la misma estrategia
En 2013 también comenzó una ruta de litigio directo para exigir el matrimonio civil entre personas del mismo sexo. Hubo desacuerdos públicos entre activistas sobre prioridades y estrategias. La memoria histórica no necesita convertir esas diferencias en una guerra personal.
Ruta de reconocimiento inmediato
Hacer funcionar el artículo 68
Unión Civil Igualitaria priorizó remover barreras registrales, acompañar parejas, intervenir ante el Ejecutivo y Registro Civil, conseguir un mecanismo operativo y luego blindarlo mediante reforma legal.
Ruta de igualdad matrimonial
Exigir el mismo nombre del derecho
Otros activistas y organizaciones impulsaron litigios directos por matrimonio. Esa vía continuó, se alimentó posteriormente de la Opinión Consultiva OC-24/17 y desembocó en los casos constitucionales que transformaron el matrimonio en 2019.
La campaña de unión de hecho no sustituyó a la lucha por matrimonio igualitario; allanó una parte del terreno jurídico, administrativo y cultural sobre el que esa lucha siguió avanzando. El matrimonio igualitario no apareció de la nada en 2019: llegó después de años en los que las parejas diversas obligaron al Estado a reconocer, registrar y tratar jurídicamente sus vínculos.
2019 · el siguiente umbral
Del reconocimiento de la convivencia al derecho a contraer matrimonio
El 12 de junio de 2019 la Corte Constitucional reconoció el matrimonio entre personas del mismo sexo mediante los casos 10-18-CN y 11-18-CN. La Corte articuló igualdad, no discriminación y la Opinión Consultiva OC-24/17 del sistema interamericano.
Caso 10-18-CN
La legislación debía dejar de excluir
La Corte declaró inconstitucionales las normas que impedían celebrar el matrimonio por tratarse de dos contrayentes del mismo sexo y dispuso adecuaciones hacia un trato igualitario.
Caso 11-18-CN
La Constitución no podía leerse para producir discriminación
La Corte concluyó que excluir a las parejas del mismo sexo de la posibilidad de matrimonio era una interpretación restrictiva y discriminatoria.
Qué puede afirmarse con evidencia
Dar crédito a Silueta X sin reemplazar una historia colectiva
Sí está documentado
El aporte de Silueta X
Investigó las barreras en notarías; incorporó antecedentes judiciales a su informe; participó y ayudó a articular el diálogo con el Ejecutivo; dirigió y comunicó la campaña Unión Civil Igualitaria; movilizó lanzamientos en varias ciudades; acompañó primeras inscripciones; y luego propuso reformas legales para consolidar la unión de hecho como estado civil.
También debe permanecer visible
El proceso fue más amplio
El artículo 68 nació en la Constitución de 2008; D.A y M.B.G litigaron la negativa registral; otras organizaciones integraron Unión Civil Igualitaria; otros activistas llevaron directamente el matrimonio a tribunales; y los casos constitucionales de 2018–2019 fueron decisivos para el reconocimiento final del matrimonio igualitario.
Unión Civil Igualitaria fue uno de los procesos que preparó jurídica, administrativa y socialmente el terreno para una igualdad familiar más amplia. Su valor histórico está precisamente en mostrar cómo un derecho pasa por etapas: primero se escribe, luego se litiga, después se reglamenta, se ejerce, se consolida en la ley y finalmente puede convertirse en plataforma para exigir el siguiente derecho.
Memoria, archivo y propiedad intelectual
Preservar la historia no significa borrar la autoría de cada pieza
La recuperación, selección, investigación, organización y contextualización de este archivo forman parte del trabajo de memoria de Asociación Silueta X. No se autoriza la extracción masiva, reempaquetado o explotación comercial de la compilación sin autorización.
Documentos públicos: resoluciones, sentencias y actos oficiales conservan su naturaleza y procedencia institucional. Prensa de terceros: los derechos de artículos y fotografías periodísticas permanecen con sus respectivos titulares.
Archivo de campaña: fotografías y materiales alojados en los repositorios históricos de Unión Civil Igualitaria y Silueta X se presentan con fines de memoria, investigación y documentación.
El derecho sigue vigente
¿Unión de hecho o matrimonio? Hoy la decisión es de la pareja.
El matrimonio igualitario no eliminó la unión de hecho. Para algunas parejas, la unión de hecho continúa siendo la figura que mejor se adapta a su proyecto de vida. El Registro Civil mantiene actualmente certificados de unión de hecho dentro de sus servicios electrónicos.
Quiero formalizar una unión de hecho
Revisa tu caso actual
Los requisitos, tarifas y procedimientos de 2014 no deben utilizarse como instrucciones vigentes. La situación personal, nacionalidad, estado civil previo y documentación pueden cambiar el trámite.
Consultar al Consultorio Jurídico X →Quiero casarme
El matrimonio civil ya es igualitario
Desde 2019, el sexo de los contrayentes no puede ser una barrera para acceder al matrimonio civil. Para orientación sobre requisitos actuales o problemas de registro, puede solicitarse asesoría jurídica.
Orientación jurídica →Registro Civil
Verifica la información oficial
La Agencia Virtual del Registro Civil ofrece actualmente certificados electrónicos de unión de hecho, matrimonio, identidad y estado civil.
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