Boletin de prensa: la nueva resolución sobre el derecho a la salud de las personas LGBT

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PROYECTO DE RESOLUCIÓN ABORDAR LAS CAUSAS DE LAS DISPARIDADES EN CUANTO AL ACCESO Y LA UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD POR PARTE DE LAS PERSONAS LESBIANAS, HOMOSEXUALES, BISEXUALES Y TRANS.

Propuesto por los Estados Unidos
EL 52.o CONSEJO DIRECTIVO, Habiendo considerado el documento de exposición de conceptos Abordar las causas de las disparidades en cuanto al acceso y la utilización de los servicios de salud por parte de las personas lesbianas, homosexuales, bisexuales y trans (documento CD/18) y aceptando que el trabajo hacia el acceso universal requiere abordar los obstáculos políticos, socioculturales e históricos a la atención de los integrantes de grupos poblacionales estigmatizados, discriminados y marginados, incluidas las personas lesbianas, homosexuales, bisexuales y trans (LGBT por su sigla en inglés); Recordando las resoluciones WHA62.12 y WHA62.14 de la Asamblea Mundial de la Salud como ejemplos del compromiso de la comunidad internacional de apoyar los valores y principios de la atención primaria de salud, incluida la equidad, la solidaridad, la justicia social, el acceso universal a los servicios, la acción multisectorial, la
descentralización y la participación comunitaria como la base para el fortalecimiento de los sistemas de salud; Consciente de la resolución CSP27.R10 (2007) de la Conferencia Sanitaria Panamericana sobre la Política y estrategia regional para la garantía de la calidad de la atención sanitaria, incluyendo la seguridad del paciente, y las resoluciones del Consejo CD52/18 (Esp.)

Anexo A – 2 –

Directivo sobre la Ampliación del tratamiento como parte de la respuesta integral a la infección por el VIH/sida (resolución CD45.R10 [2004]), el Plan de acción para la ejecución de la política en materia de igualdad de género (resolución CD49.R12 [2009]), el Plan de acción sobre la salud de los adolescentes y los jóvenes (resolución CD49.R14 [2009]) y La salud y los derechos humanos (resolución CD50.R8 [2010]); Consciente de que la Conferencia Sanitaria Panamericana ha señalado que la calidad de la atención que brindan los servicios de salud también se mide en cuanto al acceso limitado, marcado por los obstáculos administrativos, geográficos, económicos,
culturales y sociales, y la indiferencia para integrar la perspectiva de género en la prestación de servicios de salud en el contexto de la Política y estrategia regional para la garantía de la calidad de la atención de salud, incluyendo la seguridad del paciente (documento CSP27/16 [2007]); Alarmado por las tendencias en cuanto a la violencia hacia las personas LGBT y su persecución, y observando que la violencia contra las personas LGBT, en particular la violencia sexual, es un indicador fundamental de la marginación, la desigualdad, la
exclusión y la discriminación; Reconociendo que el estigma y la discriminación que enfrentan las personas LGBT a menudo evita que accedan a servicios necesarios de atención de salud, incluidos los servicios de salud mental y una amplia variedad de distintos servicios, y que este y otros factores de exclusión social y cultural causan inequidades y desigualdades en materia de salud, y mayor vulnerabilidad a resultados adversos en materia de salud; Atribuyendo una importancia capital a la eliminación de las desigualdades en materia de salud, incluidas aquellas asociadas con la identidad de género y las expresiones de género; Preocupado por que la falta de servicios de salud accesibles y dirigidos a las poblaciones que los necesitan debilitan la eficacia de los sistemas de salud; Reafirmando que el acceso universal a la atención es un componente clave de los sistemas nacionales de salud sólidos y que la atención universal debe impulsar la eficiencia
y la igualdad del acceso para todos a los servicios de atención de salud y a la protección social y financiera de una manera que no sea discriminatoria, y Reconociendo la función esencial de sociedad civil, incluidas las organizaciones religiosas, en la promoción del acceso a servicios de atención de salud para todos,
CD52/18 (Esp.)
– 3 – Anexo A
RESUELVE:
1. Instar a los Estados Miembros a:
a) trabajar para promover la prestación de servicios de salud a todas las personas con el respeto pleno de la dignidad humana y el derecho a la salud, y dentro del marco jurídico de los Estados Miembros, teniendo en cuenta la diversidad de las expresiones de género y la identidad de género;
b) otorgar prioridad a promover el acceso igualitario a los servicios de salud en las políticas, los planes y la legislación nacionales, y considerar la posibilidad de elaborar y fortalecer políticas integrales universales de protección social, incluida la promoción de la salud, la prevención de las enfermedades y la atención de salud, y de promover la disponibilidad de los bienes y servicios esenciales para la salud y el bienestar y el acceso a ellos, teniendo en cuenta el estigma, la discriminación y la persecución que experimentan los integrantes de la comunidad LGBT;
c) recopilar datos acerca de la atención de salud y los establecimientos de salud sobre la base del estigma asociado a la condición de LGBT, teniendo en cuenta las necesidades de privacidad con respecto a toda información personal relacionada con la salud a fin de fortalecer la planificación, la ejecución y el seguimiento de los planes, las políticas, los programas, las leyes e intervenciones nacionales de salud relacionados con el acceso a los servicios de salud de las personas LGBT.
2. Solicitar a la Directora que: elabore, con los recursos existentes, un informe sobre la situación de salud y el acceso a la atención de las personas LGBT, los obstáculos que pueden enfrentar para obtener acceso a los servicios de atención de salud y las repercusiones del acceso reducido de esta población, en consulta con los Estados Miembros y los interesados directos pertinentes.

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PROPOSED RESOLUTIONADDRESSING THE CAUSES OF DISPARITIESIN HEALTH SERVICE ACCESS AND UTILIZATIONFOR LESBIAN, GAY, BISEXUAL AND TRANS (LGBT) PERSONS

Proposed by the USA
THE 52nd DIRECTING COUNCIL, Having considered the concept paper Addressing the causes of disparities in Health Services Access and Utilization for Lesbian, Gay, Bisexual and Transgender (LGBT) Persons (Document CD52/18) and accepting that working towards universal
access requires addressing political, sociocultural and historic barriers to care for members of stigmatized, discriminated against and marginalized populations, including LGBT persons; Recalling WHA Resolutions 62.12 and 62.14 as examples of the commitment of the international community to support the values and principles of primary health care, including equity, solidarity, social justice, universal access to services, multisectoral action, decentralization and community participation as the basis for strengthening health systems;
Mindful of the Pan American Sanitary Conference Resolution CSP27.R10 (2007), Regional policy and strategy for ensuring quality of health care, including patient safety, and the Directing Council Resolutions CD45.R10 (2004), Scaling-up of treatment within a comprehensive response to HIV/AIDS; CD49.R12 (2009) Plan of Action for implementing the gender equality policy; CD49.R14 (2009) Plan of Action on Adolescent and Youth Health; and CD50.R8 (2010) Health and Human Rights; CD52/18 (Eng.)

Annex A – 2 –

Aware that the Pan American Sanitary Conference has identified that quality of care in health services is also measured in limited access, marked by administrative, geographic, economic, cultural and social barriers and indifference on integrating a gender perspective in health service delivery in the context of the Regional policy and strategy for ensuring quality of health care, including patient safety, Document
CSP27/16 (2007); Alarmed at trends in violence toward and persecution of LGBT persons, and noting that violence against LGBT persons, in particular sexual violence, is a critical indicator of marginalization, inequality, exclusion and discrimination; Recognizing that the stigma and discrimination LGBT persons face often prevents them from accessing needed health care services, including mental health and a wide
array of services, and that this and other factors of social and cultural exclusion result in health inequity, inequality and increased vulnerability to adverse health outcomes;Attaching utmost importance to the elimination of health inequalities, including
those associated with gender identity and gender expressions; Concerned that a failure to target and provide accessible health services to the populations that need them weakens the effectiveness of health systems; Reaffirming that universal access to care is a key component of strong national health systems, and that universal care should advance the efficiency and equality of access for all to health care services and social and financial protection in a nondiscriminatory manner; Acknowledging the critical role of civil society, including faith-based organizations, in promoting access to health care services for all,

RESOLVES:
1. To urge Member States to:
(a) work to promote the delivery of health services to all people with full respect for human dignity and health rights and within each Member States’ legal framework, taking into account the diversity of gender expression and gender identity;
(b) give priority to promoting equal access to health services in national policies, plans and legislation and to consider developing and strengthening universal comprehensive social protection policies, including health promotion, disease prevention and health care, and promoting availability of and access to goods and services essential to health and well-being, taking into account the stigma,
discrimination and persecution experienced by those in the LGBT community; CD52/18 (Eng.)
Annex A – 2 –

(c) collect data about access to health care and health facilities for LGBTpopulations, taking into account privacy rights regarding all personal healthrelated information with the purpose of strengthening the planning, delivery and monitoring of health care and services, and health related policies, programs, laws and interventions for LGBT persons.
2. To request the Director to: prepare, within existing resources, a report on health situation and access to care for LGBT persons, barriers they can face in accessing health care services and the impact of reduced access for this population, in consultation with Member
States and relevant stakeholders.

CD52-18-e[1] LGTB

CD52-18-s[1] Consejo Directivo LGTB

utilizacion de los servicios de salud por parte de las personas LGBTI - SiluetaX-diane Rodriguez

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